martes, 25 de junio de 2019

Estado De Derecho

En el curso de la semana pasada encuentro un material escrito por Pablo Marshall Barberán, Profesor de Derecho Constitucional Universidad Austral de Chile, quien aparece en la Revista de Derecho Coquimbo, Revista Derecho Universidad Católica del Norte, año 17 Nº2, 2010 paginas 185 al 204. Este excelente material expone ideas básicas sobre el Estado de Derecho, la significación teórica y la conexión de origen de Europa Continental con América Latina a los efectos de que este relevante hecho quede registrado en las Constituciones del Continente, se analiza fundamentalmente dos cuestiones, la libertad individual y la organización del Estado 1- Ideas Generales Siguiendo el orden del Profesor Marshall que considera el Estado de Derecho ambiguo por una “cierta incomodidad con el fenómeno del dominio político”, de esta manera la búsqueda del autor es o va dirigida a limitar y restringir el poder del Estado a favor de la libertad de los individuos. Se considera el Estado de Derecho, y al derecho vigente donde reina la seguridad jurídica y la Institucionalidad correspondiente, es una contraposición al ejercicio de la fuerza, Rui Barboza, jurista y político brasilero, afirmaba “la Fuerza del Derecho y no el derecho de la fuerza”. No debería permitirse, la supremacía de la política sobre el Derecho, pues, la primera es una expectativa emocional distante de la realidad jurídica que es racional siendo la búsqueda natural del Derecho el equilibrio que margine la excepción como Estado totalmente político, un golpe de Estado, una mudanza Institucional, una quiebra constitucional suspende el Derecho y se erige la Política como el factor del comportamiento gubernamental, como fenómeno de acciones del Estado. El Estado de Derecho se comparte armoniosamente entre las Instituciones y las Directrices Constitucionales existe una obediencia lógica y propia llevando en consideración los objetivos propuestos y las satisfacciones de los mismos en un contenido formal denominado Democracia participativa y transparente sin los vaivenes de intereses grupales o corporativos. La ley como norma del sistema jurídico estatal se asume justificadamente en una democracia como la del Estado de Derecho, ¿por qué? Es canal y soporte de la voluntad popular que a su vez limita las acciones del gobierno evitando arbitrariedades, mediante un procedimiento público de elaboración dogmatica de la ley que otorga garantía a la autonomía individual en todos los casos que se ajuste a la misma; Derecho y Ley. El concepto Estado de Derecho tiene el sentido de prevención y el principio constitucional, tiene el carácter prescriptivo o normativo, por lo tanto, Estado de Derecho, es modelo que se ajusta al ordenamiento de esa personalidad Jurídica Estatal de Derecho Público, se tiene muchísimos ejemplos de Estado de Derecho particulares, de conformidad al sistema constitucional de cada uno, concluimos, Kant propone la idea de auto legislación publica que todo lo que debe ser está jurídicamente permitido o prohibido es una acto de una “voluntad publica” de donde deviene todo derecho y no cometer injusticia contra nadie, la voluntad que se hace referencia es la voluntad del pueblo, tan solamente sometido a la ley y al orden jurídico vigente. Desde Lambaré Paraguay, 24 de junio de 2019.- * Fuente: Pablo Marshall Barberán

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