miércoles, 7 de agosto de 2019

O E A

ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA) Introducción El Derecho Internacional Público, en su esfera de aplicación se maneja una terminología no adecuada, pues, técnicamente su utilización ha sido errónea, nos referimos a la expresión Comunidad Internacional en perjuicio de Sociedad Internacional El sociólogo Ferdinad Tonnies, registra la distinción entre sociedad y comunidad, según la obra “Comunidad y Sociedad” publicada en el siglo XIX. (1) La Comunidad Internacional Presenta las siguientes características: a) formación natural; b) voluntad orgánica (energía propia del organismo); c) se manifiesta en el placer, en el hábito y la memoria; d) tiene mayor extensión y e) los individuos participan de manera más profunda en la vida en común. La sociedad Internacional Posee las siguientes diferentes características: a) Es de formación voluntaria, b) fruto de la reflexión c) producto del pensamiento d) dominada por la idea de finalidad y teniendo como fin supremo el bienestar e) es de menor extensión f) los individuos participan de manera menos profunda en la vida en común g) la comunidad es regida por el derecho natural, mientras que la sociedad se rige por el contrato (2)   Prácticas y modelos de sesiones de la OEA –Septiembre 2011 La OEA es resultado de un largo proceso de evolución y consolidación. Antes de Simón Bolivar, estadistas americanos ya vaticinaban la posibilidad de creación de una asociación de Estados del nuevo mundo, entre estos el Docotr Gaspar Rodríguez de Francia del Paraguay, Henry Clay, que defendió la creación de un “sistema americano”, cuyo centro sería los Estados Unidos de América (USA). En 1812 Willian Shaler, presentara al Secretario de Estado James Monrroe un plano de confederación en América. En 1826, en el gobierno de la Gran Colombia (Colombia, Panamá, Ecuador y Venezuela de hoy), intentó crear una Confederación entre los diversos países de América y convocó con este fin al Congreso de Panamá, reunión realizada allí por ser el Centro de América. Este Congreso conseguía apenas reunir los siguientes Estados: Bolivia, México, Perú, América Central y la Gran Colombia, el resultado fue el fracaso debido a la presión de gran Bretaña, cuyo temor era el liderazgo de USA en el continente. El Brasil designó dos delegados que no consiguieron llegar a tiempo. (3) El Paraguay, o mejor, el Doctor Rodríguez de Francia, propuso con anterioridad, una confederación bajo principios jurídicos más sólidos y menos vinculados a la política y economía. (4) Los Estados Unidos no apoyaban a Bolívar, pues el propio, no veía con buenos ojos a USA, él pretendió excluir a la “Potencia del Norte” y hacer una alianza con Gran Bretaña. USA tenían cierto recelo que una Confederación Panamericana lo arrastre a alianzas comprometedoras. Sin embargo, se creó entre los Estados presentes en el Congreso la firma de un tratado denominado”Tratado de Unión, Liga y Confederación”, entre sus principios previa (5) - la defensa común, - la solución pacífica de los litigios internacionales, - la integridad territorial y - la abolición de la esclavitud. Este tratado jamás entró en vigor apenas Colombia lo ratificó, por otra parte, este Tratado influenció un siglo después, en le creación de las Ligas de las Naciones. El artículo 10 del estatuto de la Liga dice, “todos sus miembros declaraban respetar y mantener su integridad territorial”. México en tres ocasiones intentó resucitar el sueño de Bolívar en 1831, 38 y 40 sin obtener cualquier resultado. La iniciativa de tales Congresos pasa al Perú, que en 1847 convoca un Congreso que se prolonga hasta 1848, comparecieron: Ecuador, Bolivia, Nueva Granada, Chile y Perú. Fueron firmados los siguientes tratados: a) Convención Consular; b) Convención de Correos; c) Tratado de Unión y Confederación; d) Tratado de Comercio y Navegación. En 1864 se reúnen en Lima, Perú, Bolivia, Chile Ecuador, Venezuela, Colombia, Salvador y Argentina, en este congreso la idea de una Confederación fue abandonada y nuevos tratados son concluidos: a) Convención de Correos; b) Convención de Comercio y Navegación, c) Tratado para la Preservación de la paz y d) Tratado de Unión y Fuerza defensiva, ninguna de estas Convenciones entró en vigor por falta de ratificaciones. Realmente estos congresos visaban la defensa común, en virtud de las amenazas norteamericanas y europea. (6) En 1881, James Blein, “retoma la idea de Bolívar” y como Secretario de Estado Norteamericano por medio de una circular propone a los Estados Americanos la realización de una Conferencia “con el fin de estudiar y discutir los métodos aptos para impedir la guerra entre las Naciones del Continente”, esta Conferencia jamás se realizó, pues, Blein fue destituido de la Secretaría de Estado. En un regreso futuro a esa Secretaría, Blein convoca nuevamente a una conferencia que se reúnen en Washington de 1889 a 1890, el único país que no compadeció fue República Dominicana. Fue la primera Conferencia Panamericana, esta denominación se debe a un diario, (periódico), de Washington. En esta Conferencia se concluyó un Tratado de Arbitraje que no entró en vigor por falta de ratificación, fue creado el día 14 de abril de 1890, el Escritorio Comercial de las Repúblicas Americanas, por esta razón, esta fecha es el día Panamericano, que tenía por finalidad dar informaciones sobre el comercio, la legislación aduanera y la producción de los Estados Americanos. Este Escritorio estaba subordinado al Secretario de Estado de los Estados Unidos y no tenía cualquier connotación o aspecto internacional, una vez que era un organismo del citado departamento. En 1898, el Escritorio comenzó a internacionalizarse, porque a partir de ese año pasa como dependencia de una Comisión que es presidido por el Secretario de Estado, la Comisión de cinco miembros representaba a América Latina.(7) En la conferencia realizada en México en 1901 - 1902, pasó a denominarse Escritorio Internacional de las Repúblicas Americanas, la Comisión es sustituida por un Consejo, donde están representados todos los Estados Americanos, por sus Embajadores ante el Gobierno de Washington, el Presidente del Consejo continúa siendo el Secretario de Estado. (8) En 1906, en la conferencia realizada en Río de Janeiro, el Escritorio es sustituido por la Comisión Permanente de las Conferencias Internacionales Americanas, como indica su denominación era encargada de preparar las conferencia de nuestro continente. En 1910, en la Conferencia de Buenos Aires, la Comisión es denominada de “Unión Panamericana”, en ese mismo año fue inaugurado el edificio de la sede, construido mediante una donación de Andreuws Carnegie. (9) En 1923, la Conferencia que se reunió en Santiago de Chile, se resuelve que los representantes diplomáticos ante la Unión Panamericana serían diferentes de las Representaciones ante el Gobierno de Washington. Cabe recordar que México no compareció a esta reunión por las relaciones diplomáticas suspensas con Washington. Se decide además que la presidencia no sería más del Secretario de Estado, pero sería resuelta por elección. En la práctica continúa siendo el Secretario de Estado Norteamericano. En la VI Conferencia Panamericana reunida en la Habana en 1928, donde se elaboró la verdadera estructura de la Unión Panamericana. Esta tendría los siguientes Órganos A- Conferencia Panamericana, que se reuniría cada cinco años, B- Consejo Director, con sede en Washington y representantes de todos los Estados C- Secretariado, que tendría al frente un Director General. En la Conferencia en 1938, fue creado un Órgano de Naturaleza Consultiva, la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores. La Conferencia de Bogotá en 1948, que debería reunirse en 1943, fue suspendida por causa de la guerra, esta Conferencia adoptó La Carta de Bogotá, que instituyó la Organización de los Estados Americanos, en esta Conferencia, entre otros documentos fueron firmados, (10) a- Un Convenio Económico, b- Un Tratado Americano de Soluciones Pacíficas y c- La Declaración Americana de Derechos del Hombre. La Conferencia de 1948, entró en vigor en 1951. En 1967, en la Conferencia Interamericana, reunida en Buenos Aires, fue aprobada la reforma de la carta de la OEA que entró en vigor en 1970. Los OBEJTIVOS de la OEA pueden ser reducidos a dos grandes temas internacionales: 1- Asegurara la Paz en el Continente 2- Promover el Bienestar Social La estructura de la Carta de la OEA es la siguiente: a) Conferencia Interamericana, b) Reunión de Consulta de Ministro de Relaciones Exteriores, c) Consejo y d) Secretariado. La Conferencia Interamericana es la correspondiente en la OEA a la Asamblea General de las Naciones Unidas, ellas se reúnen cada cinco años, y pueden haber reuniones extraordinarias con un tercio de sus miembros. Esta Conferencia de reuniones ordinarias fueron la primera en 1889 y sucesivamente, marcando en cada una de ellas un principio, un testimonio, una voluntad colectiva y una imperiosa necesidad de asociación basada en el derecho y la política. Cada Conferencia determina el local donde la próxima se reunirá, cabe a la Conferencia Interamericana decidir “la acción y la orientación general de la Organización,” así como estudiar cualquier asunto referente a la Organización. La reunión de consulta de Ministros de Relaciones Exteriores se reúne esporádicamente a pedido de cualquier Estado, la solicitud es presentada al Consejo que decidirá si es procedente o no. La misma tiene dos funciones: a) Considerar problemas de naturaleza urgente y de interés común para los Estados Americanos; b) Órganos de consulta, conforme está previsto en el artículo tercero del TIAR. El Consejo de la OEA está representado por los Estados, su sede es en Washington, trata de los asuntos que le son encaminados por la reunión de consulta y por la conferencia en caso de ataque aéreo armado actúa como Órgano de consulta (artículo 81) su presidente y vicepresidente son electos por un año en sus funciones y no pueden ser reelectos. El Consejo de la OEA tiene tres Órganos auxiliares 1- El Consejo Interamericano Económico y Social (CIES): con su sede en Washington que en 1963 creó la famosa comisión Interamericana de la Alianza para el Progreso, con fin de coordinar y promover la alianza para el progreso “¿De quién?”, 2- El Consejo Interamericano Cultural: con su sede en México, 3- Comisión Jurídica Interamericana, con sede en Río de Janeiro, formada por nueve Estados indicados por la Conferencia Interamericana El Secretariado, es denominado de Unión Panamericano con sede en Washington, es Órgano permanente y tiene un Secretario General por diez años. (11)   La Nueva Estructura de la OEA, Reforma de Buenos Aires A- Asamblea General B- Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores C- Consejos, son los siguiente: - Consejo Permanente de la Organización. - Consejo Interamericano Económico y Social (CIES) - Consejo Interamericano de Educación y Ciencia y Cultura - Comisión Jurídica Interamericana con sede en Río de Janeiro - Comisión Interamericana de los Derechos Humanos en Washington - La Corte Interamericana de Derechos Humanos con sede en San José, Costa Rica - Secretaría General, es la parte administrativa de la OEA, tiene un Secretario General electo por la Asamblea General por un periodo de cinco años y que no puede ser reelecto. Sus funciones son las de preparar el Presupuesto - Programa, Servicios de Secretaría, depositario de los Tratados Interamericanos, cuenta con un Secretario General Adjunto que es el Secretario del Consejo Permanente, con sede en Washington. Como Organismo Regional Especializado, tenemos también el BID, sede en Washington, creado en 1959, cuya idea remonta a 1890, tiene como finalidades favorecer las inversiones, financiar el desarrollo. Sus miembros son los de la OEA, posee un Consejo de Gobernadores, un Consejo de Directores Ejecutivos. Presidente y Vicepresidente Ejecutivos, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), admite asicados no americanos. La primera conferencia extraordinaria de 1964, estableció que un Estado para ser miembro de la OEA, son necesarios los siguientes requisitos: a) ser Estado independiente; b) estar situado en el continente y c) firmar y ratificar la carta de la OEA, también ser signatario del compromiso de la Carta Democrática Interamericana del 11 de septiembre del 2001. En la OEA, son pocos los Estados que no son miembros, conforme los moldes que exigen las Naciones Unidas, bastaba que los Estados rarificaran la Carta, actualmente por la reforma de Buenos Aires, se tiene un proceso de candidatura semejante al de la ONU, la candidatura se presenta a la Asamblea General, después del recomendación del Consejo Permanente. La Carta de la OEA, posee normas más avanzadas que la de la ONU, la igualdad jurídica es más completa entre los Estados miembros, una vez que no existe el veto. En el capítulo cuarto existen los derechos y deberes de los Estados que la ONU no consiguió realizar una convención sobre esta materia.(12) A seguir se enumera los siguientes derechos y deberes: - La existencia del Estado antes de su reconocimiento - Derecho al desarrollo cultural, político y económico - Respeto a los derechos humanos y los Tratados - Igualdad jurídica de los Estados - Derecho a la jurisdicción - Derecho a la legitimidad defensa - Inviolabilidad territorial - El no uso de las fuerzas para la solución de los litigios internacionales - El no reconocimiento de la conquista como modo de adquisición territorial - Los derechos del hombre - La solidaridad al Estado víctima de agresión - Democracia representativa El sistema interamericano se encuentra fundamentado en el TIAR de 1947; es el Tratado se Seguridad Colectiva Continental que establece: a- La renuncia al uso de la fuerza para la solución de litigios internacionales b- El ataque armado a un Estado Americano es considerado a todos otorgando derecho a la legítima defensa individual y colectiva. c- La Reunión de Consulta de Ministro de Relaciones Exteriores, Órgano de Consulta, determinará las medidas a ser tomadas en caso de agresión a un Estado Americano. d- Estas medidas serán comunicadas al consejo de seguridad de la ONU. (13) La X Reunión de Consulta, creo una Fuerza Interamericana de Paz (1965), para intervenir en la República Dominicana, que se pretendió constituir de forma permanente. Sin embargo, esta pretensión es ilegal, el artículo 53 de la Carta de la ONU, “prohíbe cualquier acción coercitiva por parte de organizaciones regionales sin la autorización del Consejo de Seguridad”. Asimismo, ella es ilegal porque actuara en la República Dominicana sin que este Estado haya cometido cualquier agresión para que el Sistema Interamericano se manifestara. Constituye un peligro al continente en virtud de el espíritu intervencionista de USA, que de hecho controlan la OEA, debemos recordar que 1961 USA ya pronosticara la creación de una fuerza internacional bajo el comando de la OEA. (14) Conclusión Cabe registrar que los doctrinadores contemporáneos, afirman la existencia de una nueva forma de nacionalismo que tendría el carácter regional, citamos el caso del organismo sub regionales MERCOSUR y otros. Existe en nuestros días un sentimiento de ineficacia de la OEA, es necesaria una reforma radical y profunda que se iniciara en la Asamblea General de 1973; en realidad, las reformas de la OEA serán siempre ineficaces mientras no se alteren las relaciones entre USA y nuestro continente. El papel de tutor de USA tendrá que abandonar y la elites de América Latina interesadas en el mantenimiento de esta tutoría. Puede agregarse que algunos doctrinadores afirmaran o concluyeron que la influencia de USA fueron los factores que impidieron la formación de un regionalismo latinoamericano en el campo político y económico, controlando la agenda interamericana conforme sus propios intereses (15) San José Costa Rica, septiembre de 2011.   Fuentes Albuquerque Mello, Celso D. Curso de Derecho Internacional Público. Vol. I y II. Biblioteca Jurídica Freitos Bastos 1967. Brasil (1-2-6-7-8-9-10-13) Carta de la Organización de los Estados Americanos (A-41). 27 de febrero de 1967 (11-12-14) Carta Democrática Interamericana. 11 de septiembre de 2001 Instituto de Investigación Histórica y FONDEC, Anuario Doctor José Gaspar Rodríguez de Francia Editorial Servi Libro 2004. Asunción- Paraguay. (5) Llanes Torres Óscar B. Derecho Internacional Público: Instrumento de Relaciones Internacionales. Editorial Jurídica Salvadoreña 1994. El Salvador (15) Pastor Benítez Justo, La Vida Solitaria del Doctor José Gaspar Rodríguez de Francia Editor Schauman Carlos 1984 Asunción- Paraguay. (4)

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