miércoles, 29 de julio de 2020

Situación Jurídica del Extranjero No 2

El día de la fecha estaremos enfocando el tema de las Migraciones Internacionales, siendo que la migración internacional está formada por extranjeros que se dirigen a otros Estados con la intención de establecerse en ella, puede ser individual y colectiva, la primera es de una solo persona y la segunda grupos de personas. Francisco de Victoria, defendió el derecho de las comunicaciones, estos es, el derecho de emigración (salir) y el de la inmigración(entrar)en el plano internacional , los Estados no podrían impedir la entrada de extranjeros, salvo, por un motivo importante en su territorio, pudiendo sí impedir con bases justificadas. Dos principios fundamentales fueron enunciados: a) el de la independencia de los miembros de la sociedad internacional y b) el de la soberanía de los Estados , asimismo debemos recordar a la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, que justifica el derecho de las comunicaciones en su artículo 13, inciso 2° “todo hombre tiene derecho de dejar cualquier Estado, inclusive el propio, y a regresar”. Uno de las partes de este instrumento internacional nos aclara que cada Estado individualmente, tiene el derecho de reglamentar la inmigración en su territorio. Recordemos a la Convención Interamericana sobre la condición de los extranjeros (Habana 1928), estipula en su artículo 1° “ Los Estados tienen el derecho de establecer, por la vía de leyes, las condiciones de entrada y residencia de los extranjeros en sus territorios”. Europa un buen tiempo permitió el ingreso de extranjeros en su territorio por motivos laborales efectivamente ofrecidos, los Estados de América Central, copian a los EE.UU. en no permitir ingreso de orientales, de árabes, hindúes, sirios, etc. En 1921, una norma internacional ya permitía el ingreso de más de 357.000 individuos anualmente. La emigración, así como la inmigración se caracterizan, actualmente de ser dirigida por órganos en la mayoría de los Estados destinados a su propio interés y orientación. Desde 1928 se estableció de la obligatoriedad de otorgar Pasaporte al “Apatrida” , que fue perdiendo fuerza hasta 1969. Se han constituido cambios importantes , no con la misma intensidad, aunque en los días de hoy por otros motivos se está retornando a los desplazamientos en masa, los Estados más buscados son los inmigrantes vecinos, limítrofes como la Argentina, a la República Dominicana por Haití, Ecuador y Panamá por Salvadoreños , Hondureños y Guatemala , siendo la más importante los Mexicanos, centroamericanos colombianos y caribeños hacia los Estados Unidos de América, a esto se suma la conocida como “fuga de cerebros” principalmente hacia los Estados Unidos, Canadá y Europa. Los motivos más comunes son de carácter laboral, o mejor dicho, económico, generalmente el eje de este fenómeno además son las variables políticas y secundariamente, razones y consecuencias de causas educativas y religiosas.- Desde LAMBARE – PARAGUAY , 28 de julio de 2020.- Fuentes: ALFREDO Lattespag.856; Memorias del Congreso Latinoamericano de Población y Desarrollo – Volumen II - UNAM, El Colegio de México, 1983; D. I.P., Celso de Albuquerque Mello, 2° Volumen, 6ª. Edición, Edición Freitas Bastos,1937 – Rio de Janeiro – Brasil.-

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